sábado, septiembre 20, 2008

¿Qué significa?

Estado de derecho.

m. Estado democrático en el que los poderes públicos íntegramente se someten a las leyes y reconocen las garantías constitucionales.

Estado de necesidad.

1. m. Der. Situación de grave peligro, por cuyo urgente remedio se exime de responsabilidad penal en ciertas circunstancias, entre las cuales la más significativa es que el mal causado no sea mayor que el que se trata de evitar.

Estado de opinión.

1. m. Opinión general o generalizada.

Estado de prevención.

1. m. La primera y menos grave de las situaciones anormales reguladas por la legislación de orden público.

Estado de alarma.

1. m. El que declara temporalmente un Gobierno en caso de alteración grave de la normalidad como consecuencia de catástrofes o calamidades públicas, y que habilita para adoptar medidas administrativas excepcionales.

Estado de emergencia.

1. m. Situación oficialmente declarada de grave peligro por conflictos sociales, catástrofes naturales u otras razones.

Estado de excepción.

1. m. El que según la Constitución, generalmente con autorización del Parlamento, declara el Gobierno en el supuesto de perturbación grave del orden público o del funcionamiento de las instituciones democráticas, y que implica la suspensión de garantías constitucionales y el reforzamiento de la autoridad administrativa.

Estado de sitio.

1. m. Situación declarada por el Parlamento cuando se pueda producir un atentado contra la soberanía o independencia del Estado o contra su integridad.

Estado Mayor.

1. m. Mil. Cuerpo de oficiales encargados en los ejércitos de informar técnicamente a los jefes superiores, distribuir las órdenes y procurar y vigilar su cumplimiento.

2. m. Mil. Conjunto de los generales y jefes de todos los ramos que componen una división, cuyo cometido consiste en determinar y vigilar todas las operaciones de esta.

3. m. Conjunto formado por el general o gobernador que mandaba una plaza, el teniente de rey, el sargento mayor, los ayudantes y demás individuos agregados a él.

Estado Mayor Central.

1. m. Mil. Organismo superior en el Ejército y en la Armada.

Estado Mayor General.

1. m. Mil. Conjunto de jefes y oficiales del Estado Mayor y de los demás cuerpos y servicios auxiliares, que constituyen el cuartel general y la secretaría de campaña del general que ejerce el mando superior sobre las tropas en operaciones.

Jefe de Estado.

1. com. Autoridad superior de un país.

Consejo de Estado.

1. m. En España y otros países, el más alto cuerpo consultivo del Gobierno en los asuntos políticos y administrativos.

Secreto de Estado.

1. m. El que no puede revelar un funcionario público sin incurrir en delito.

2. m. Grave asunto político o diplomático no divulgado todavía.

Golpe de Estado.

1. m. Actuación violenta y rápida, generalmente por fuerzas militares o rebeldes, por la que un grupo determinado se apodera o intenta apoderarse de los resortes del gobierno de un Estado, desplazando a las autoridades existentes.

Materia de Estado.

f. Todo lo que pertenece al gobierno, conservación, aumento y reputación de los Estados.

Razón de Estado.

1. f. Política y regla con que se dirige y gobierna lo perteneciente al interés y utilidad de la república.

2. f. Consideración de interés superior que se invoca en un Estado para hacer algo contrario a la ley o al derecho.

3. f. Miramiento, consideración que nos mueve a portarnos de cierto modo en la sociedad civil, por lo que podrán juzgar o pensar quienes lo sepan.

Papel del Estado.

1. m. Cada uno de los diferentes documentos que emite el Estado reconociendo créditos, sean o no reembolsados o amortizables, a favor de sus tenedores.

Usurpación de estado civil.

1. f. Der. Delito que comete quien utiliza de forma estable el estado civil, nombre y apellidos de otra persona, suplantando su personalidad.

Usurpación de funciones públicas.

1. f. Der. Delito consistente en el ejercicio de los actos propios atribuidos a una autoridad o cargo público, sin título para ello.

Usurpación de inmuebles.

1. f. Der. Delito que comete quien ocupa un inmueble ajeno o se mantiene en él contra la voluntad de su titular.

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