En contra.
Locución adverbial (o, también, adjetiva) que significa ‘en oposición o en sentido contrario’:
«Dice que aquella beatificación no ha sido llevada con rigor y que él vota en contra» (Umbral Leyenda [Esp. 1991]).
Lleva normalmente un complemento introducido por de:
«No diré nada, va en contra de las reglas» (Serrano Corazón [Chile 2001])
«Si fuera posible, camine en contra del tránsito» (Granma [Cuba] 9.97). En esta locución contra es, en realidad, un sustantivo; por ello, cuando este complemento es un pronombre personal (en contra de mí, en contra de ellos, etc.), es posible sustituirlo por el posesivo correspondiente, tanto antepuesto (en mi contra, en su contra, etc.) como pospuesto (en contra mía, en contra suya, etc.), ya que los sustantivos sí se combinan con posesivos:
«Pero la realidad está en tu contra» (Martínez Vuelo [Arg. 2002])
«Las palabras se vuelven en contra tuya» (ASantos Trampa [Esp. 1990]).
Como se ve, el posesivo pospuesto debe ir en femenino (en contra mía, en contra tuya, en contra suya, etc.), concordando con el género del sustantivo contra; así pues, no es correcta su combinación con posesivos masculinos:
En contra mío, en contra tuyo, en contra suyo, etc.