Contestar.
1.- Cuando significa ‘responder [algo] a lo que alguien dice o pregunta’, es transitivo; la respuesta se expresa mediante un complemento directo y la persona a quien se dirige, con un complemento indirecto:
«Nosotros le contestamos que no» (Tiempo [Col.] 21.1.97).
No debe anteponerse la preposición de al complemento directo:
«Me contestó de que precisa la planilla de contribución» (País [Ur.] 4.10.01).
A veces se elide el complemento directo, pero el complemento de persona sigue siendo indirecto:
«Adiós, guardaespaldas —exclamó ella. No le contestó» (Tomás Orilla [Esp. 1984]).
En ocasiones, el verbo funciona como intransitivo y la respuesta se expresa mediante un complemento precedido de con:
«Le contesté con un gruñido» (Bolaño Detectives [Chile 1998] 512).
2.- Cuando significa ‘dar respuesta a la pregunta, llamada o comunicación de alguien’, puede construirse con complemento directo o con un complemento precedido de la preposición a:
«Jamás contestó las preguntas que hacían sobre su vida» (Azuela Casa [Méx. 1983])
«El procesado contestó a sus preguntas» (País [Esp.] 3.6.97)
«La gerencia del Wyndham no contestó las llamadas de este diario» (NDía [P. Rico] 23.10.97)
«Nadie contestaba a las llamadas del timbre» (Mundo [Esp.] 15.1.96).